29-12-2011

Mitos sobre educación en materias administrativas


En este grupo se incluyen aquellos aspectos que se relacionan con la forma de gestión de los establecimientos educacionales; entre ellos:

a.    El lucro en educación no es conveniente para la calidad”: No existe base real sólida que fundamente esta opinión. Por un lado, es innegable que la existencia de lucro genera un atractivo para inversionistas que otorgan una visión innovadora y eficiente al sector, beneficiando directamente al sistema educativo. Por otro lado, es necesario mencionar que los establecimientos con fines de lucro presentan resultados muy disímiles, con algunos colegios de alto desempeño y otros de resultados bajos. Lo mismo ocurre con los establecimientos sin fines de lucro, dentro de los cuales se observa alta dispersión en relación a la calidad que alcanzan. Es evidente que la variable lucro no es determinante en el desempeño del establecimiento, y por lo tanto, no se debe restringir ni forzar una estructura específica al respecto. Debe tenerse en cuenta que el Estado ha definido un monto de subvención en función del servicio que exige a cambio. Las consecuencias para quienes no cumplen con dichas exigencias deben ser fuertes; sin embargo, si los establecimientos alcanzan y superan los estándares exigidos (de rendimiento académico, infraestructura, otros), debiera permitirse completa libertad para la decisión de uso de los recursos de la subvención.
En ocasiones se da a entender que el lucro correspondería a una ganancia indebida, ya que pudiera lograrse por medio del ahorro de costos que perjudicaría la calidad de la educación. Sin embargo ello desconoce la existencia de exigencias específicas y consecuencias relacionadas con su cumplimiento. Si una persona –natural o jurídica- utiliza un proceso efectivo de enseñanza en que entrega un servicio de la calidad que se le exige, pero cuyo costo es menor a los ingresos por subvención, siéndole posible destinar recursos a una retribución por su esfuerzo, ello no debiera restringirse. En este sentido parece conveniente aclarar las diferencias que existen entre el lucro -que surge de una asignación eficiente de los recursos  para  cumplir los estándares exigidos, y que pudiera ser destinado como retribución al sostenedor por el esfuerzo y el riesgo en que incurriera-, de aquella ganancia que surge de una mala gestión que impide el logro de aprendizajes de calidad. Esta última debe ser objeto de sanciones fuertes para evitar su ocurrencia.

b.    “Más horas es mejor para la calidad de la enseñanza”: Esa fue la justificación del programa de la jornada escolar completa (JEC), sin embargo, tal como se ha podido comprobar también en otros países, más horas no necesariamente se traducen en mejor desempeño. La efectividad de esta política dependerá de si los establecimientos educacionales han logrado cubrir previamente las demás necesidades, y de si las horas adicionales son efectivamente una necesidad. Invertir forzosamente en colegios que no requieren cambios de este tipo no tendrá efectos positivos.

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